AMPARO: Pedido de Inconstitucionalidad a la REFORMA PREVISIONAL


Pedido de Inconstitucionalidad a la REFORMA PREVISIONAL:



BUENOS AIRES (Redacción) – La Asociación de Trabajadores del Estado  presentó un amparo contra la reforma jubilatoria por “inconstitucional”, al buscar representar a 18 millones de trabajadores cuyos derechos patrimoniales y alimentarios son vulnerados por la sanción de la nueva ley.





La organización se presentó el 29 de diciembre en el Juzgado N°8 de la Cámara Federal de la Seguridad Social, por lo que durante la feria actuará el Juzgado Federal de la Seguridad Social N° 3 a cargo de Walter Carnota.

El amparo lleva la firma del jefe de ATE, Hugo “Cachorro” Godoy, en representación de la institución, y de los jubilados Lidia Meza y Oscar Mengarelli en condición de damnificados. Las presentaciones están a cargo de Horacio González, miembro del equipo jurídico y del Centro de Jubilados y Pensionados de ATE.

La presentación establece que la norma “viola derechos constitucionales y tratados internacionales. Resultan afectados en forma directa los derechos de propiedad y la movilidad de todos los jubilados y pensionados nacionales; titulares de pensiones no contributivas; quienes perciben las asignaciones familiares; beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo y los veteranos de Malvinas”, añadió.

“Pero, también, con el transcurso del tiempo se verán lesionados los derechos de todos los trabajadores activos que se jubilen, en tanto se fija para el cálculo de su haber previsional inicial una pauta de actualización de sus remuneraciones menos favorable, que la que regía hasta el 2017”, señaló el texto.

Para ATE, “la llamada ‘reforma previsional’, junto con la tributaria, vulnera los derechos del conjunto de los trabajadores activos y pasivos, desfinancia el sistema de seguridad social y transfiere recursos en forma discrecional y arbitraria, en favor del Estado y los privados”.





En una entrevista reciente la jefa de senadores del PRO, Laura Machado, había admitido que si la medida resultaba inconstitucional, podía modificarse su condición de “retroactividad”. Finalmente, el proyecto fue sancionado por la Cámara de Diputados sin cambios.

“La nueva ley es una norma de exclusivo contenido fiscalista, sancionada con un único objeto: ‘Generar un fuerte ahorro fiscal’. El contenido fiscalista se visualiza en que todos los trabajos y comentarios referidos a esta norma están dirigidos a determinar cuál es el ‘alivio de las cuentas fiscales’”, concluyó ATE.


Comentarios

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